En lo últimos años el origen de las prendas y accesorios de moda ha dejado de ser una cuestión secundaria para convertirse en un arma de venta y elemento determinante en la decisión de compra de algunos consumidores. No obstante, no siempre es fácil identificar realmente de dónde proviene un producto.
Desde 2005 , y coincidiendo con la supresión de las cuotas de importación, los países del sur de Europa que aun conservan sus infraestructuras industriales, como Portugal, Italia o España reivindican que se establezca la obligación de etiquetar en origen los productos, ya que consideran que se trata de un factor determinante en la decisión de compra de los consumidores. No obstante, en España hay sectores contrarios a la imposición de esta obligación como la Confederación Intertextil Española (CIE) y Adical la asociación de importadores y exportadores. Sin embargo, otros países del norte de Europa como Alemania o Reino Unido que ya desde los años setenta deslocalizaron la producción , alegan en defensa del libre mercado que no es un dato determinante para la decisión de compra del consumidor.
Es cierto que gran parte de los consumidores no valoran este tipo de características en el producto y han sido seducidos por la industria del fast fashion sin reparar en los costes que esta tiene para la sociedad y el medio ambiente. Pero parece, que en los últimos tiempos se ha incrementado el número de compradores que buscan moda hecha en la Unión Europea de forma ética y sostenible, sin embargo a veces es difícil identificarla.
Regulación:
La normativa europea recogida en el Código aduanero de la unión, reglamentos 925/2013 y 2015/2446, establece cómo determinar el origen de un producto, pero no la obligatoriedad de etiquetado para los productos procedentes de países de la Organización Mundial del Comercio (OMC). A modo de ejemplo, países como India, China, Marruecos o Bangladesh son miembros de la OMC, por lo que parece que habitualmente no será necesario.
En cuanto a la normativa interna, el Real Decreto 396/1990, tampoco impone la obligación de etiquetar el origen de los productos para los países miembros de la OMC. No obstante, en su artículo 10 señala expresamente que: “Se prohíbe, con carácter general, el empleo de cualquier procedimiento de publicidad, promoción, exposición, envasado y venta, susceptible de crear una confusión en el comprador, acerca de la naturaleza, composición y origen de los productos textiles.” Es decir las técnicas de algunos vendedores, que optan por no indicar el origen de las prendas y sugerir sutil o abiertamente que están fabricados en España cuando no es así , podrían suponer tanto acto de competencia desleal , como un delito de publicidad engañosa.
La normativa europea señala, como decía, que la determinación del “made in”depende del lugar donde se haya realizado la última transformación sustancial económicamente justificada, que en el caso de la moda podríamos entender es la confección. Por ello, el hecho de que un producto, por ejemplo una chaqueta, haya sido adquirida en el mercado asiático y una vez en España , se le haya incluido un dibujo, o pasamaneria, no permite tampoco considerar que es “made in Spain.”
Conclusiones personales
En mi opinión, es muy importante tener presente todo esto a la hora de adquirir un producto y poder elegir contando con toda la información posible. La moda ética es mas ”cara” pero reduce el coste para la sociedad , ya que reduce la huella de carbono al producir en proximidad, y con ello crea empleo de calidad. No sería justo comparar una prenda de fast fashion con el esfuerzo que hay detrás de las prendas de las pequeñas marcas que fabrican en España en un tiradas pequeñas o incluso en preorder y con materiales sostenibles y decir que esta última es muy cara.
Como ejemplos de marcas que producen en España o en proximidad y son completamente trasnparentes en su proceso de producción @Micuir, @Bimani, o @Wonderactive.
Espero que este post al menos os haya hecho pensar y a partir de ahora seáis unos consumidores un poco más críticos y conscientes.